Términos y Condiciones

Ámbito de aplicación

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Obligaciones del distribuidor 

DECLARACIONES

1. DECLARA DAMBOA.
  • Ser una persona física, mayor de edad, de nacionalidad mexicana que se encuentra al corriente de sus obligaciones fiscales, además de contar con las facultades necesarias para obligarse dentro de los términos y condiciones del presente contrato;
  • Que tiene como Clave de Registro Federal de Contribuyentes RFC la siguiente OOAA9509186A4
  • Que tiene su domicilio en la finca marcada con el número 3782, de la calle San Román, colonia jardín de San Ignacio, en la municipalidad de Zapopan, Jalisco, C.P. 45040.
  • Que tiene plenos derechos de uso sobre la marca DAMBOA, en lo sucesivo LA MARCA que refiere a los productos, en comercialización, de joyería, en lo sucesivo EL PRODUCTO;
  • Que es su intención la de celebrar el presente contrato con el fin de acrecentar la presencia de LA MARCA, así como la de EL PRODUCTO, mediante un modelo de distribución; situación que permite a las partes comercializar un producto probado, respaldado por una estructura organizacional, administrativa y comercial; amparado por conocimientos y secretos industriales, haciendo que la relación contractual genere un beneficio rentable para ambas partes; y
  • Que es su voluntad el celebrar el presente contrato, para los fines y términos que en el mismo se enuncien.
2. DECLARA EL DISTRIBUIDOR
    • Ser una persona física mayor de edad, que se encuentra al corriente de sus obligaciones fiscales, además de contar con las facultades necesarias para obligarse dentro de los términos y condiciones del presente contrato;
    • Que se le explicaron todos y cada uno de los puntos del presente contrato, así como haber recibido asesoría acerca del alcance de los derechos y obligaciones que en virtud de su celebración adquiriría;
    • Que conoce el esquema de negocios, derechos y obligaciones que emana del presente contrato, así como que es su voluntad formar celebrar de este, dentro de una zona geográfica establecida, pero conoce y acepta que de manera solidaria podrá coexistir con uno o más distribuidores.
    3. DECLARAN AMBAS PARTES.
      • Que conocen el esquema de negocio de distribución de DAMBOA y están de acuerdo en que el éxito, derivado de la distribución otorgada, depende en gran medida de la capacidad y diligencia con que obre EL DISTRIBUIDOR, así como de su sujeción a los lineamientos, reglas y obligaciones que se indiquen para la distribución de EL PRODUCTO;
      • Que aceptan y reconocen que el presente contrato fue elaborado de acuerdo a las condiciones, de seguridad jurídica, necesarias para la operación de la distribución de LOS PRODUCTOS, procurando mantener la no discriminación, la equidad y el trato justo entre distribuidores de EL PRODUCTO y LA MARCA;
      • Que aceptan sujetarse a las obligaciones, términos y condiciones enunciados y contenidos en el presente contrato, en la información que se disponga; y en aquellos convenios, acuerdos y documentos que firmen ambas partes y que contengan información referente al modelo de distribución.

      Hechas las declaraciones que anteceden, las partes, materializan el contenido de su voluntad de conformidad con las siguientes:

      CLÁUSULAS

      1. OBJETO

      1.1 En virtud del presente contrato; DAMBOA otorga a favor de EL DISTRIBUIDOR (i) una DISTRIBUCIÓN AUTORIZADA DE LA MARCA DAMBOA (ii) capacitación y asesoría, asistencia técnica, apoyo publicitario, sobre la distribución de DAMBOA bajo la imagen y diseño de LA MARCA, así como todas aquellas especificaciones que determine, es por ello que a través de del presente contrato, y su manual se establecen los líneamientos de dicha distribución respecto a LA MARCA.

      1.2 EL DISTRIBUIDOR solo podrá comercializar la marca DAMBOA, no puede alterar el empaque de dicho producto de joyería, ni alterar el precio del mismo utilizando la marca, a excepción que desee comercializarla sin exhibir la marca, es decir; Retirando los empaques, de está forma adquiriendo el producto, pero sin vender este mismo con los líneamientos de la marca de está única manera EL DISTRIBUIDOR podrá darlo al precio que desee.

        •  BAJO EL NOMBRE DE LA MARCA DAMBOA; EL DISTRIBUIDOR no podrá distribuir otras marcas de joyería, ÚNICAMENTE será el caso, si el distribuidor cuenta con una tienda multiconcepto, la cual puede ser; física, en línea, showroom, concept store y sus variantes. Siempre y cuando respete el precio al cliente final.
        • COMPRA INICIAL.- EL DISTRIBUIDOR Adquirirá su primera compra con un valor mínimo de $1,600.00 ( Mil seiscientos pesos 00/100 M.N) el cual ya incluye el envío a su domicilio, EL DISTRIBUIDOR podrá escoger dentro de la página web de DAMBOA los productos que el desee adquirir.
        • VENTAS.- El DISTRIBUIDOR podrá realizar sus ventas según su convenciencia, sin embargo al momento de volver a adquirir mercancía se debera invertir un mínimo de compra de $1,600.00 ( Mil seiscientos pesos 00/100 M.N) en cada ocasión, si el distribuidor intenta consumir una tárifa minima a esa cantidad, su cuenta de distribución no se lo permitirá.
        •  MANEJO POR PRECIO DE DISTRIBUIDOR- Se establecen 4 (cuatro) niveles por monto de compra, es decir conforme EL DISTRIBUIDOR vaya aumentando sus ventas, será sujeto a un porcentaje mayor de descuento. Dichos porcentajes están sujetos a discreción de DAMBOA, los descuentos pueden cambiar con la temporalidad y de ninguna manera se considerará un derecho adquirido. 

      1.3 GARANTÍAS Y POLÍTICAS DE CAMBIOS Y DEVOLUCIONES.- EL DISTRIBUIDOR notificará a DAMBOA si el producto presenta un daño de fabricación, tendrá  un lapso de 10 días hábiles  a partir de que el producto llega a EL DISTRIBUIDOR  para realizar dicho reporte, una vez notificado a la marca en el tiempo establecido, esta realizará el análisis del daño y en caso de confirmar el defecto de fabricación, será aplicado el cambio del producto.

      1.4 PRECIO AL PÚBLICO FINAL.- EL DISTRIBUIDOR deberá respetar el precio establecido por DAMBOA y no puede variar, salvo que se cuente con autorización expresa de DAMBOA.

       1.5 PROMOCIONES Y DESCUENTOS.- EL DISTRIBUIDOR podrá ofrecer a su clientes promociones y descuentos sobre el precio base que DAMBOA tiene establecido, y en su caso, EL DISTRIBUIDOR, como parte de sus promociones, podrá ofrecer envíos gratis o con costo según su conveniencia, dado que EL DISTRIBUIDOR se encargará en su totalidad de los envíos, es decir, esto lo maneja independiente a

      1.6 PUBLICIDAD.- Cada DISTRIBUIDOR podrá tener sus propias redes sociales, RESPETANDO en su totalidad los líneamientos de LA MARCA en el nombre de usuario deberá decir DAMBOA seguido de la ciudad o estado del distribuidor autorizado por DAMBOA y en la biografía del perfil también deberá decir DISTRIBUIDOR AUTORIZADO DE DAMBOA MX si EL DISTRIBUIDOR incumple con esto, estará sujeto a rescisión del presente contrato. EL DISTRIBUIDOR no podrá hacer una página web, únicamente redes sociales. EL DISTRIBUIDOR podrá crear su propio correo de contacto.

      1. Utilizar Logotipo autorizado y proporcionado por la marca
      2. Únicamente podrá compartir contenido como imágenes y diseños autorizados por la marca, mismos que serán proporcionados por
      3. EL DISTRIBUIDOR no podrá usar la marca DAMBOA para cualquier otro fin que no sea la distribución de los productos de la marca.

      1.7 EMPRESA.- Si El DISTRIBUIDOR decide consituirse como sociedad no podrá usar el nombre de DAMBOA en su razón social, ni abreviaciones, combinaciones, NI CUALQUIER PARECIDO.

      1.8 CANAL DE VENTAS AUTORIZADO.- EL DISTRIBUIDOR no tendrá limitaciones en el canal de distribución, únicamente no se puede poner en tianguis exhibiendo la marca; si EL DISTRIBUIDOR desea entrar a tiendas de cadenas comerciales lo puede hacer directamente, bajo el entendido de que el producto no se puede customizar, ya tiene medidas estándares, las cuales vienen descritas en cada producto, ni se puede personalizar, si EL DISTRIBUIDOR tiene tienda física y pone un exhibidor para la mercancía de la marca, este debe tener los colores e imagen autorizados por DAMBOA.

      1.9 PATROCINIOS Y EVENTOS.- EL DISTRIBUIDOR puede participar en eventos o patriciones con los productos de LA MARCA.

       2. FORMA DE PAGO.- El pago de EL DISTRIBUIDOR será de forma anticipada, en una sola exhibición, al realizar su orden, una vez realizado el pago se hará el envío, el cual esta sujeto al tipo de producto que se solicite en la compra, así como el destino del envío. Respecto al cliente EL DISTRIBUIDOR podrá manejar el cobro al cliente a su gusto.

       2.1 DERECHOS DE AUTOR.- EL DISTRIBUIDOR se compromete a no duplicar o imitar los diseños de LA MARCA, EL DISTRIBUIDOR se compromete a respetar todos los derechos de autor y propiedad intelectual de DAMBOA, en especial los derechos morales.

      2.2 CAPACITACIONES GENERALES.- DAMBOA le brindará capacitaciones generales en materia de apoyo, el cual se proporcionará mediante un manual que estará en la página web, de LA MARCA.

      2.3 CONFIDENCIALIDAD.- DAMBOA se compromete a no divulgar datos de EL DISTRIBUIDOR, mismo que estarán protegidos y con previo aviso conforme al AVISO DE PRIVICIDAD DE DAMBOA MX.

      3.- NOTIFICACIONES. Cualquier notificación o comunicación entre las partes que derive del presente contrato, será válida sólo si es enviada al domicilio que anteriormente se especifica, pudiendo hacerse a tráves de; correo electrónico con acuse de recibido, servicio de mensajería local con acuse de recibido. Deberán dirigirse al Departamento legal de Damboa. 

      4.- LEY APLICABLE Y COMPETENCIA

      4.1 Las partes acuerdan que el presente contrato sea regido por la Legilasción mexicana, en especial por la Ley Federal de la Protección de la Propiedad Industrial y su Reglamento, el Código de Comercio y por el Código Civil del Estado de Jalisco y Códgio Civil Federal.

      4.2 Cualquier controversia que se suscite en la interpretación, cumplimiento del presente contrato las partes de común acuerdo manifiestan que es su deseo sujetarse a los Tribunales del fuero común perteneciente al primer Partido Judicial en el Estado de Jalisco; renunciando expresamente a cualquier otro Tribuanal que por domicilio presente o futuro les correspondiera.

      Enteradas las partes del contenido y alcance del presente contrato, se lleva a cabo la suscripción y creación de cuenta del distribuidor al programa de distribución ofertado por DAMBOA.

       

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